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AdoptionsOctober 19, 2026 · 10 min read

Cómo adoptar un perro en España: pasos y requisitos

Guía paso a paso para adoptar un perro en una protectora: requisitos, documentos, entrevista, contrato y cuánto tarda el proceso.

Admin User
Perro mestizo blanco y negro paseando con correa junto a una persona por un sendero de hierba seca en otoño

Para adoptar un perro en España tienes que acudir a un centro público de protección animal o a una protectora registrada: son los únicos que pueden entregar animales en adopción, siempre con contrato (art. 58.4 de la Ley 7/2023). El proceso suele seguir el mismo camino: solicitud, entrevista, visita, firma del contrato y cambio de titular en el registro de animales de tu comunidad.

Esta guía recorre cada paso, lo que la ley exige de verdad y lo que depende de cada entidad, con ejemplos de cómo lo hacen un centro municipal y una protectora.

¿Es el momento?

Antes de mirar fotos, conviene contestar con sinceridad unas cuantas preguntas. Un perro puede vivir muchos años y su rutina pasa a ser la tuya.

  • Tiempo. La ley prohíbe dejar a un perro sin supervisión más de 24 horas seguidas (art. 27.i). En la práctica necesitará paseos, compañía y atención varias veces al día.
  • Casa y convivencia. ¿Admite animales tu contrato de alquiler o tu comunidad? ¿Están de acuerdo todas las personas con las que vives? Algunas protectoras piden que acuda toda la familia a conocer al perro, precisamente para comprobarlo.
  • Dinero. Alimentación, veterinario, antiparasitarios e imprevistos. En cuánto cuesta adoptar un perro o un gato tienes ejemplos reales y el gasto anual medio que publicó la OCU.
  • Planes. Vacaciones, mudanzas, cambios de trabajo. No hace falta tenerlo todo resuelto, pero sí saber qué harás con el perro en cada caso.
  • Qué perro encaja contigo. Edad, tamaño, nivel de energía, si convive bien con gatos o con niños. Si dudas, el test de compatibilidad de Patitas en Casa te ayuda a ordenar prioridades antes de escribir a una protectora.

Dónde adoptar: centros municipales y protectoras registradas

La Ley 7/2023 limita la entrega en adopción a dos tipos de entidades: los centros públicos de protección animal (albergues municipales, lo que mucha gente sigue llamando «perrera») y las entidades de protección animal registradas (art. 58.4). Un particular puede ceder un animal de forma gratuita, con un contrato de cesión (art. 58.2), pero eso no es una adopción.

En los dos casos, el animal tiene que estar identificado. La ley prohíbe ceder o dar en adopción animales sin identificar (art. 58.1), y también entregar en adopción animales que no estén identificados y registrados previamente a nombre de quien los entrega (art. 27.m). Tampoco se pueden ceder perros de menos de ocho semanas (art. 58.3).

Para saber si quien te ofrece el perro es una entidad real, si el microchip existe y si el IBAN al que te piden un pago corresponde a esa entidad, puedes usar PatitasID para comprobar quién te entrega el animal: es gratuito y no necesita registro.

¿Y en tiendas?

Las tiendas ya no pueden vender perros, gatos ni hurones (art. 27.l). Sí pueden colaborar con una protectora registrada para alojar animales en adopción. En ese caso, los animales deben estar en una estancia exclusiva y separada de la zona de venta, la adopción la gestiona la protectora bajo su responsabilidad y la tienda no puede recibir pagos ni por la estancia ni por la adopción (art. 58.6). Si la tienda solo hace de intermediaria, los animales no pueden quedarse a dormir en sus instalaciones (art. 58.5).

Requisitos habituales

El artículo 58 de la ley regula cómo debe entregarse el animal, pero no fija requisitos de vivienda, de horario o de experiencia para quien adopta. Esos criterios los pone cada entidad en su cuestionario. Lo que sí prevé la ley es que la entidad verifique, a través del veterinario que inscribe la transmisión, que la persona adoptante no está inhabilitada para tener animales (art. 52.2).

Como ejemplo, el Centro Municipal de Protección Animal de Zaragoza pide:

  • Ser mayor de edad y aportar NIF, NIE o pasaporte.
  • Rellenar un cuestionario previo a la adopción.
  • Firmar el contrato de adopción.
  • Aceptar el compromiso de esterilización si el animal aún no está esterilizado.
  • Abonar la tasa correspondiente, si la hay.
  • Si el perro está catalogado como potencialmente peligroso, la licencia de tenencia correspondiente.

Otras entidades añaden sus propios pasos. La protectora ANAA, por ejemplo, pide que acudan al centro todas las personas que vayan a convivir con el animal y, si ya tienes perro, que lo lleves también para comprobar que se entienden.

Si una protectora te pide algo que te sorprende, pregunta el motivo. A veces responde a las necesidades concretas de ese perro.

Paso a paso

1. Solicitud

Eliges un perro y envías una solicitud o un cuestionario. En Zaragoza se recomienda enviarlo por correo antes de ir y hace falta cita previa para entrar al centro. En ANAA, la cita se pide desde el formulario de la ficha de cada animal. En Patitas en Casa puedes ver las fichas en el listado de animales en adopción, enviar la solicitud desde la ficha y coordinar con la entidad una visita o una videollamada.

2. Entrevista

Es una conversación, no un examen. La entidad quiere saber cómo vives, qué experiencia tienes con animales y qué esperas del perro. En ANAA, un voluntario hace una entrevista breve sobre la experiencia de la familia con otros animales y sobre el entorno en el que vivirá. Aprovecha para preguntar tú también: cómo se comporta con otros perros, si tolera quedarse solo, qué tratamientos lleva, qué se sabe de su pasado.

3. Visita

Conocer al perro en persona, y si es posible más de una vez, ayuda a tomar la decisión con calma. Si convives con otro perro, pregunta si pueden conocerse antes de la adopción.

4. Contrato

La ley exige un contrato de adopción, cuyas cláusulas mínimas se fijarán por reglamento (art. 58.4). Léelo entero antes de firmar. Fíjate en el compromiso de esterilización, si lo hay, en las condiciones de seguimiento y en qué pasa si la adopción no sale bien. La adopción no puede ser una transacción comercial, aunque la entidad puede pedirte que compenses los gastos veterinarios básicos (art. 58.9).

5. Cambio de titular

Quien tiene un animal está obligado a comunicar su cambio de titularidad (art. 24.2.i). El perro debe quedar inscrito a tu nombre en el registro de animales de compañía de tu comunidad autónoma (art. 51.2). Cómo se hace y quién lo tramita cambia según la comunidad, así que pregunta a la entidad o a tu veterinario. Guarda el contrato: en el borrador del reglamento de la ley se prevé que haya que presentarlo para inscribir al animal a nombre del nuevo titular.

6. Qué documentos recibes

Lo que debería acompañar a un perro adoptado
Documento o requisitoQué dice la ley
Contrato de adopciónObligatorio en toda adopción (art. 58.4)
Información sobre su origen y característicasToda la que tenga la entidad (art. 58.7)
Certificado veterinarioEmitido por el veterinario del centro, con tratamientos, pautas y cuidados, y las responsabilidades que asumes (art. 58.7)
MicrochipObligatorio en perros (art. 51.2); el animal no puede entregarse sin identificar (art. 58.1)
Tratamientos y esterilizaciónTratamientos preceptivos hechos, y esterilizado o con compromiso de esterilización en un plazo si no es aconsejable aún (art. 58.8)

Muchas entidades entregan además el pasaporte. En Zaragoza, la tasa del perro incluye identificación y expedición del pasaporte, en su caso; ANAA indica que sus perros salen vacunados, desparasitados, con analítica, esterilizados, con microchip y con pasaporte.

Cuánto tarda

No hay un plazo fijo. ANAA lo dice claramente: el proceso puede variar según el personal disponible, la afluencia de adoptantes y la duración de las propias entrevistas. Depende también del perro (si necesita un tratamiento antes de salir, por ejemplo) y de tu disponibilidad para las visitas. Desconfía de quien te prometa entregar un perro de inmediato sin entrevista, sin contrato y pidiendo dinero por adelantado: es el patrón de muchas estafas, que contamos en estafas con mascotas: señales de alarma.

Lo que viene: el curso para tener perro

La Ley 7/2023 prevé que quien quiera ser titular de un perro acredite un curso de formación gratuito y de validez indefinida (art. 30), y que las protectoras comprueben que lo has hecho (art. 52.3). Pero el contenido del curso depende de un reglamento que, a octubre de 2026, no se ha publicado en el BOE. Hoy el curso está pendiente de desarrollo reglamentario y la ley todavía no lo exige para adoptar (otra cosa son los requisitos propios de cada protectora).

Según el borrador notificado a la Comisión Europea, el curso se haría en una plataforma online del Ministerio y, seis meses después de que esa plataforma esté disponible, no se podría adoptar un perro sin el certificado. Lo mismo ocurre con el seguro de responsabilidad civil: está en la ley, pero sin reglamento. Lo explicamos en detalle en qué cambia la Ley de Bienestar Animal al adoptar.

Los primeros días

La guía para adoptantes del centro de Zaragoza resume bien lo esencial:

  • Llévalo al veterinario que lo vaya a cuidar a partir de ahora y entrégale toda la información sobre vacunas, desparasitaciones y pruebas.
  • Vigila que coma y beba con normalidad y que sus deposiciones vuelvan a la normalidad tras el cambio de dieta.
  • Prepárale un sitio seguro, tranquilo y cómodo.
  • Acordad en familia horarios y normas, y mantenedlas igual para todos.
  • Pasea siempre con correa al principio: un perro con miedo puede escaparse.
  • Evita al principio un desfile de caras nuevas en casa.

Y una obligación legal que conviene no olvidar: ejercer la vigilancia adecuada y evitar su huida (art. 24.2.c). Comprueba también que el microchip está ya a tu nombre.

Preguntas frecuentes

¿Adoptar un perro es gratis?

Depende de la entidad. La ley impide que la adopción sea una transacción comercial, pero permite pedir la compensación de los gastos veterinarios básicos (art. 58.9). En Zaragoza, por ejemplo, la tasa del centro municipal para un perro es de 75 euros. Más ejemplos en cuánto cuesta adoptar.

¿Puedo adoptar si vivo de alquiler o no tengo jardín?

El artículo 58 de la ley no pone requisitos de vivienda. Cada entidad valora si el perro concreto encaja en tu casa y en tu rutina; un piso puede ser perfecto para un perro tranquilo y poco adecuado para otro con mucha energía.

¿Cómo adopto un perro de la perrera municipal?

Igual que en una protectora: contacta con el centro, pide cita, rellena el cuestionario y firma el contrato. En el centro municipal de Zaragoza se necesita cita previa y documento de identidad.

¿Tengo que hacer ya el curso para tener perro?

No. Está previsto en la ley, pero pendiente de desarrollo reglamentario: a octubre de 2026 el reglamento no se ha publicado en el BOE.

¿Puedo adoptar un perro desde otra comunidad autónoma?

Depende de cada entidad, así que pregúntalo antes de enviar la solicitud. Una vez en casa, tendrás que inscribirlo a tu nombre en el registro de animales de compañía de tu comunidad (art. 51.2).

Fuentes